Familias Monoparentales en Navarra
En la Comunidad Foral de Navarra había 20.700 hogares monoparentales en 2021, de los que el 85% (17.200 hogares) son mujeres.
Navarra es una de las pocas comunidades que dispone de ayudas para familias monoparentales.
El Gobierno de Navarra expide la acreditación de familia monoparental en Navarra la cual te permite acceder a beneficios fiscales, becas de estudio, ayudas para la conciliación laboral, para el alquiler de vivienda y otros gastos extraordinarios, entre otras más ventajas y ayudas.
Ayudas para familia monoparental en Navarra.
Para acceder a las ayudas que el Gobierno de Navarra pone a disposición de las familias en situación de monoparentalidad, se deben seguir los siguientes supuestos y condiciones. Te las detallamos a continuación.
¿A quién están dirigidas las ayudas de familia monoparental?
Familias monoparentales, según los siguientes supuestos:Una sola persona progenitora con hijos/as inscritos en el Registro Civil exclusivamente por ella.
Persona progenitora viuda con hijos/as de la persona fallecida.
Persona progenitora con patria potestad en exclusiva de sus hijos/as.
Una sola persona con menores en acogimiento familiar.Familias en situación de monoparentalidad, según los siguientes supuestos:Una de las personas progenitoras con guarda y custodia exclusiva de sus hijos/as, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).
Persona progenitora con hijos/as a su cargo que haya sufrido violencia de género por parte del otro progenitor.
Persona progenitora con hijos/as a cargo, cuando el otro progenitor está en prisión por un periodo igual o superior a un año, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.
Si uno de los progenitores que convive con sus hijos o hijas tiene reconocida una gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 1,7 veces el indicador SARA.
¿Qué Categorías hay de Familia Monoparental en Navarra?
Familia Monoparental Especial:
Persona progenitora con tres o más hijos/as.
Persona progenitora con uno o dos hijos/as, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen una vez el indicador de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA).
Persona progenitora con dos hijos/as que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. (Valoración de la discapacidad)
Las familias con dos hijos/as en que una de las personas progenitoras convivientes tenga reconocida una gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. (Valoración de la situación de dependencia)
Persona progenitora con uno o más hijos/as a su cargo que haya sufrido violencia de género por parte del otro progenitor. (Reconocimiento de víctima de violencia de género)Familia Monoparental de tipo General
Familias que cumpliendo los requisitos no se encuentran en las situaciones descritas en el apartado anterior.¿Qué beneficios tienen las familias monoparentales en Navarra?
En la actualidad, dicha acreditación conlleva beneficios fiscales, como el incremento (del 15 % al 30 %) de la deducción por inversión en vivienda habitual de quienes la estuvieran aplicando en la declaración de la renta del ejercicio fiscal del año 2019, o la exención o bonificación del 50 % de algunas tasas o precios públicos o tarifas, como las que gravan la expedición de títulos, certificados o compulsas de títulos por los centros públicos de enseñanzas regladas dependientes del Departamento de Educación.
¿Qué documentación debo presentar para tramitar el Título de Familia Monoparental?
Documentación general:
Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (descargue las instrucciones).
Certificados de empadronamiento y de convivencia, emitidos con una antigüedad máxima de dos meses.
Fotocopia del Libro de familia.
Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte, de todos los miembros de la unidad familiar, SOLO en los supuestos en que no se autorice al órgano gestor su comprobación o esta no se pueda efectuar. Todos los documentos deben estar vigentes.
Declaración de la renta de la persona solicitante SOLO si se realiza fuera de la Comunidad Foral de Navarra. Las personas solicitantes que no estén obligadas a realizar la declaración deberán presentar una declaración jurada de las rentas.
Certificado de los ingresos recibidos por renta garantizada y/o subsidio por desempleo.
Fotocopia de la matrícula de estudios reglados: ESO, Bachillerato, Formación Profesional, Universidad…
Calendario y horario de curso en hijos/as mayores de 21 años.
Declaración responsable de que los hijos/as no perciben ingresos superiores al IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.
Documentación específica para familias monoparentales:
Declaración responsable de no constituir unión estable de pareja y no haber contraído matrimonio con otra persona.
Si la persona solicitante es viuda o situación equiparable: Declaración de fallecimiento de su pareja.
Si tiene la patria potestad en exclusiva: Sentencia de separación o divorcio, o sentencia de medidas por hijo/a no matrimonial, en la que se acredite la atribución de la patria potestad en exclusiva o la privación de patria potestad a la otra parte.
Si hay menores en acogimiento: Resolución que constituya el acogimiento para familias acogedoras SOLO si no se ha gestionado por la Comunidad Foral de Navarra.Documentación específica para familias en situación de monoparentalidad:
Si una de las personas progenitoras tiene la guarda y custodia en exclusiva: Sentencia de separación o divorcio, o sentencia de medidas por hijo/a no matrimonial en la que se acredite la atribución guarda y custodia, en exclusiva.
Si una de las personas progenitoras convivientes está en prisión: Resolución judicial justificativa de la situación de ingreso en prisión.
Si la persona progenitora con hijos/as ha sufrido violencia de género debe acreditarlo por cualquiera de los siguientes documentos:Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia.
Orden de protección o resolución judicial que hubiera acordado la adopción de medidas cautelares de protección a la víctima en vigor.
Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia.
Acta de la autoridad policial que acredite la existencia de indicios razonables sobre la condición de víctima de trata de seres humanos en los casos de trata de mujeres con fines de explotación sexual.
Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente.
Certificación y/o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.
Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocida una gran invalidez: Certificado de gran invalidez expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocida una situación de gran dependiente: Resolución de reconocimiento de gran dependencia SOLO para las personas que no hayan sido valoradas en la Comunidad Foral de Navarra.
Si una de las personas progenitoras convivientes tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %: Resolución de grado de discapacidad igual o superior al 33 % SOLO para las personas que no hayan sido valoradas en la Comunidad Foral de Navarra.
¿Dónde tramitar el título de Familia Monoparental?
Puedes tramitar tu título acreditativo de Familia Monoparental de forma presencial u online.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
Con certificado digital o DNI electrónico
Con Cl@ve
A través de este enlace:
Tramitar Familia Monoparental presencialmente
Puedes presentar tu solicitud en la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, a través de cita previa concertada en el teléfono 848 425046, en: C/ González Tablas s/n.
También puedes tramitar el título de familia monoparental en cualquier oficina de Registro del Gobierno de Navarra.
Ayudas económicas para favorecer la conciliación a familias monoparentales 2022 en Navarra
Con una cuantía de 500 u 800 euros, dispones de esta ayuda del Gobierno de Navarra. Toda la información aquí.
Ayuda para gastos extraordinarios de prótesis auditivas, prescripciones ópticas y ortodoncia 2022 en Navarra
Subvención destinada a familias monoparentales para gastos extraordinarios de prótesis auditivas, prescripciones ópticas y ortodoncia 2022
La subvención para prótesis auditivas de Gobierno de Navarra:
- 500 euros o el importe de la prótesis en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM).
- 350 euros o el importe de la prótesis en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM) e inferior a 15.401,93 euros (1,9 IPREM)
La subvención para la compra o sustitución de gafas y prescripciones ópticas en Navarra
- 160 euros o el importe de la prescripción óptica en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM).
- 120 euros o el importe de la prescripción óptica en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM) e inferior a 15.401,93 euros (1,9 IPREM)
Subvención del Gobierno de Navarra para tratamientos de ortodoncia.
- 600 euros o el importe del tratamiento de ortodoncia en el caso de que su coste sea menor, cuando la renta per cápita de la unidad familiar sea inferior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM).
- 300 euros o el importe del tratamiento de ortodoncia en el caso de que su coste sea menor, si la renta per cápita de la unidad familiar es igual o superior a 12.159,28 euros (1,5 IPREM) e inferior a 15.401,93 euros (1,9 IPREM)
Indicador Sara 2021 – 2022
En Navarra dispones del Indicador Sara como tabla de referencia para optar a las ayudas del Gobierno de Navarra. El SARA o Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada, es el nuevo indicador que sustituyó al anterior IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Ayudas a Familias Monoparentales Estatales válidas en Navarra.
Si eres una unidad familiar que cumple con la definición legal y requisitos de familia monoparental puedes optar a las ayudas definidas por la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Prestación por nacimiento o adopción: Ayuda con importe de hasta un valor máximo de 1.000 euros dependiendo de situación económica en particular.
- Prestación por parto, acogimiento o adopción: Ayuda que se reparte en 16 semanas con importe igual al 100% de la cotización del mes anterior al parto o adopción.
- Ingreso Mínimo Vital. Tramitar el subsidio ayuda del Ingreso Mínimo Vital que aprobó el Gobierno de España en 2020 con condiciones especiales para familias monoparentales.
- Ayuda económica por hijo discapacitado a cargo. El importe anual va desde los 1.000€ hasta los 7.056€ en función del nivel de discapacidad del hijo.
- Cheque familiar de ayuda a madres trabajadoras: 1.200€ que se desgrava en la declaración de la renta de cada año, o de forma mensual equivalente a razón de 100 euros / mes. Consulta toda la información aquí.
Mejoras en Ayudas ya existentes para fanilias monoparentales
Adicionalmente dispones de una serie de mejoras en ayudas ya existentes de las que se pueden beneficiar las familias monoparentales. Este conjunto de medidas de protección social específicas para las familias monoparentales están enfocadas a proteger aquellas familias que tienen una situación socioeconómica de mayor vulnerabilidad.
- Incremento de la duración del subsidio por maternidad no contributivo en caso de familia monoparental: La duración de este subsidio para madres trabajadoras que no reúnan el periodo mínimo de cotización se incrementa en caso de familia monoparental en 14 días naturales más sobre los 42 establecidos con carácter general
- Bonificación del 45% de las cuotas a la seguridad social por la contratación de cuidadores familiares en familias numerosa monoparentales: bonificación del 45% de las cuotas a cargo del empleador por la contratación de un/a cuidador/a familiar en una familia numerosa (ya sea de categoría general o especial), cuando el ascendiente ejerza una actividad profesional por cuenta ajena o propia, fuera del hogar, o esté incapacitado para trabajar.
- Cálculo del límite de ingresos para el acceso a las prestaciones familiares por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción: En caso de una familia monoparental, la prestación familiar por hijo/a a cargo está supeditada a no superar un límite determinado de ingresos anuales, (cuantía que se incrementa un 15% por cada hijo o mejor acogido a partir del segundo). No obstante, en los supuestos de nulidad, separación o divorcio, se computa la pensión compensatoria para el/la cónyuge fijada en la correspondiente resolución judicial. No se exige límite de ingresos para el reconocimiento de la condición de beneficiario de la asignación por hijo o menor acogido a cargo con discapacidad.
Mejoras en temas de fiscalidad para familias monoparentales
- Se considera la familia monoparental como unidad familiar a efectos de la tributación conjunta. Ésta sería la formada por el padre o la madre y todos los/las hijos/as menores no emancipados/as que convivan con uno u otro. Una persona casada que no se haya separado, aun cuando no conviva con su cónyuge, no podrá incorporarse a una unidad familiar monoparental aunque tenga hijos/as a su cargo.
- Reducciones de la base imponible y mínimo personal: En declaraciones conjuntas de unidades familiares monoparentales, la base imponible se reducirá en 2.150 euros anuales. No se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los/as hijos/as que forman parte de su unidad familiar. Hay que tener en cuenta que también es compatible con la aplicación del mínimo personal del contribuyente: 5.550 euros anuales.
- Abono anticipado de la deducción para ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos a cargo: La última reforma del IRPF incorpora el derecho a una deducción por importe de 1.200 euros anuales para ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos/as sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tengan derecho a la totalidad del mínimo por descendientes. Esta deducción puede percibirse de forma anticipada hasta un importe de 100 euros mensuales, previa solicitud a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Presentación solicitud Familia Monoparental y documentación necesaria.
En Asturias informan y se tramita este reconocimiento, en los Servicios Provinciales del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, según la residencia de la unidad familiar.
Deberás presentar la siguiente documentación y además presentar los formularios que más abajo te adjuntamos:
Documentación General
- Solicitud en modelo normalizado
- Fichero de acreedores del Principado de Asturias, en el caso de no haber sido cumplimentado con anterioridad o si hubiera habido alguna modificación en los datos.
- Copia del Libro de Familia o del Registro Digital Personal.
- En caso de duda, se podrá requerir la presentación del volante histórico con convivencia proporcionado por el Ayuntamiento.
Documentación en relación al estado civil
- Certificado de estado civil.
- Copia del convenio regulador acreditativo del reparto de la custodia.
Documentación específica
- Fotocopia del certificado de defunción del ascendiente que hubiere fallecido en el supuesto de no figurar en el libro de familia para casos de viudedad o situación equiparable.
- Copia con fecha de la resolución en la que se reconoce la situación de discapacidad.
- Certificado de la Agencia Tributaria relativo a los ingresos de la unidad familiar para casos de vulnerabilidad económica.
- En caso de impago de pensiones de alimentos, copia de la resolución judicial firme en la que se establezca la guarda y custodia de los hijos e hijas, la obligación del pago de la pensión por alimentos, así como la admisión a trámite de la reclamación judicial de las pensiones impagadas.
- Para renovaciones por impagos de alimentos, copia de la resolución judicial que acredite que el proceso de reclamación de alimentos continúa en tramitación y su ampliación por las cantidades debidas durante la vigencia del título inmediatamente anterior.
- En caso de abandono de familia, copia de la resolución de admisión a trámite del oportuno procedimiento judicial que determine el abandono de familia, así como la reclamación de la guarda y custodia de los hijos e hijas menores por la persona que encabeza la unidad familiar, o copia de la resolución recaída en los procesos judiciales instados.
- En caso de víctimas de violencia de género:
- Copia de la sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido alguna de las formas de esta violencia o una orden de protección vigente.
- Informe del Centro Asesor de la Mujer en función de los datos proporcionados por los recursos de atención a mujeres, incluidos en el Protocolo Interdepartamental para la mejora de la atención a mujeres víctimas de violencia de género (Título habilitante)
- Modelo Solicitud Familia Monoparental: Descargar aquí, o a través del link oficial.
- Declaración Jurada de no mantener relaciones análogas a la conyugal. Descargar aquí, o a través del link oficial.
Cheques guardería en Murcia.
Los cheques guardería son sin duda de gran ayuda para la conciliación de todas aquellas familias monoparentales que deben combinar trabajo y educación de los hijos o hijas.
Aquí tienes toda la información sobre los cheques guardería en Murcia.